Canal de consultas y denuncias
Canal de consultas y denuncias
VidaCaixa dispone de un Canal de consultas y denuncias, esencial en la prevención y corrección de posibles incumplimientos normativos, así como de las pautas de comportamiento definidas en su Código Ético y otra normativa interna vinculada. Puedes acceder al canal por aquí
El Canal de consultas y denuncias se pone a disposición de los Consejeros, Empleados, Mediadores y Proveedores de VidaCaixa, para facilitar la comunicación confidencial y ágil sobre posibles consultas e irregularidades con potencial trascendencia ética o penal que pueda advertir en el desarrollo de su actividad profesional en VidaCaixa.
Finalmente queremos agradecerle la utilización del Canal, con ello demuestra el compromiso con los valores y principios éticos de actuación de VidaCaixa, con el que se genera la confianza necesaria para operar en el mercado.
> Motivos de inadmisión de las consultas
VidaCaixa ha establecido una serie de criterios de admisibilidad de las consultas. De acuerdo con estos criterios, NO se admitirán:
- Consultas realizadas por colectivos distintos de los previstos (Consejeros, Empleados, Mediadores y Proveedores). Por tanto, no se admitirán consultas que provengan de exempleados de VidaCaixa o de clientes.
- Consultas presentadas por persona interpuesta (p. Ej., Persona de RH que consulta en nombre de un empleado).
- Consultas colectivas (p. Ej., Empleado que envía consulta en su nombre y de otros empleados, debido a que el objeto de la consulta afecta a todos ellos).
- Consultas genéricas (p. Ej., 'Quisiera saber si la conducta x es contraria a la normativa interna').
- Consultas relativas a hechos que se encuentren en sede judicial
> Motivos de inadmisión de las denuncias
VidaCaixa ha establecido una serie de criterios de admisibilidad. De acuerdo con estos criterios, NO se admitirán:
- Denuncias realizadas por colectivos distintos de los previstos (Consejeros, Empleados, Mediadores y Proveedores). Por tanto, no se admitirán denuncias que provengan de exempleados de VidaCaixa o de clientes y, en este último caso, el Servicio de Atención al Cliente será el conducto adecuado.
- Denuncias relativas a conductas de terceros que no sean Consejeros, Empleados, Mediadores o Proveedores, salvo las denuncias vinculadas a la categoría 'Abuso de mercado', en el que también serán admitidas las denuncias sobre operativa de clientes.
- Denuncias presentadas por persona interpuesta (p. Ej., Director denuncia en nombre de un empleado de su equipo).
- Denuncias colectivas (p. Ej., Denuncia de un colectivo de empleados).
- Denuncias no fundadas en sospechas o indicios racionales (p. Ej., 'La actuación de la persona X me parece sospechosa, me hace dudar de su adecuación a la normativa interna').
- Denuncias genéricas por no incluir el conjunto de datos que se consideran mínimas para las denuncias: conductas realizadas, fecha / en que tuvieron lugar los hechos, centro / s implicados y tipología de normativa incumplida (p. Ej., ' un compañero lleva a cabo malas prácticas de comercialización con algunos clientes ').
- Denuncias sobre hechos no denunciables por no suponer ningún ilícito o incumplimiento ético.
- Denuncias relativas a hechos que se encuentren en sede judicial.
- Denuncias que muestren mala fe de forma manifiesta (p. Ej., Denuncia presentada varias veces con un relato diferente de los hechos).