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Jubilación anticipada por enfermedad ¿qué es y cómo acceder a ella?

Hombre en silla de ruedas trabajando en un ordenador, representando la jubilación anticipada por enfermedad.

Jubilación anticipada por enfermedad ¿qué es y cómo acceder a ella?

20/10/2026 05/09/2024 4 min

Algunas enfermedades pueden llegar a impedirnos desempeñar nuestra actividad profesional, incluso en algunos casos reducen la esperanza de vida. Si nos vemos en esta situación, puede que nos convenga solicitar la jubilación por enfermedad.

 

  1. ¿Quién puede acceder a la jubilación por enfermedad?
  2. Requisitos para solicitar la jubilación anticipada por discapacidad
  3. Edad mínima de jubilación por enfermedad
  4. Enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada
  5. ¿Cómo se acredita la discapacidad?
  6. Novedades en 2026 en materia de jubilación anticipada por enfermedad
  7. Recapitulando, jubilarse por enfermedad

Aunque habitualmente se habla de jubilación por enfermedad o jubilación por incapacidad, conviene distinguir ambos conceptos. 

La jubilación anticipada por discapacidad permite adelantar la edad de jubilación cuando se acredita un determinado grado de discapacidad, mientras que la incapacidad permanente es una prestación diferente destinada a quienes han perdido total o parcialmente su capacidad para trabajar.

En este artículo te explicamos quién puede acceder a la jubilación por enfermedad, cuáles son los requisitos, la edad mínima para solicitarla y cómo acreditar la discapacidad.

¿Quién puede acceder a la jubilación por enfermedad?

La normativa permite anticipar la jubilación a las personas que acrediten un determinado grado de discapacidad y cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social. 

Existen dos supuestos principales: personas con una discapacidad igual o superior al 45 %, siempre que derive de alguna de las patologías recogidas en el listado oficial, y personas con una discapacidad igual o superior al 65 %. Cada modalidad tiene condiciones específicas para acceder a la jubilación anticipada.

Requisitos para solicitar la jubilación anticipada por discapacidad

En ambos casos es necesario reunir el período mínimo de cotización exigido para acceder a la pensión contributiva de jubilación.

En el supuesto de discapacidad igual o superior al 45 %, además debe acreditarse que la discapacidad deriva de alguna de las enfermedades incluidas en el listado oficial y que se ha mantenido durante al menos cinco años. En cambio, cuando la discapacidad alcanza o supera el 65 %, no es necesario acreditar una enfermedad concreta para acceder a esta modalidad de jubilación anticipada.

Edad mínima de jubilación por enfermedad

La edad mínima para acceder a la jubilación anticipada depende del grado de discapacidad reconocido.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 65 % pueden acceder a la jubilación desde los 52 años, siempre que cumplan el resto de requisitos exigidos por la normativa.

Por su parte, quienes acrediten una discapacidad igual o superior al 45 % causada por alguna de las patologías previstas legalmente podrán jubilarse a partir de los 56 años.

Estas edades mínimas son específicas para estos supuestos y permiten anticipar el acceso a la jubilación respecto a la edad ordinaria.

Enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada

Para las personas con una discapacidad igual o superior al 45 %, la reducción de la edad de jubilación solo es posible cuando la discapacidad deriva de alguna de las enfermedades recogidas en el listado oficial aprobado por la normativa.

Entre ellas se encuentran:

  • Discapacidad intelectual.

  • Parálisis cerebral.

  • Trastornos del espectro autista.

  • Síndrome de Down.

  • Fibrosis quística.

  • Osteogénesis imperfecta.

  • Acondroplasia.

  • Enfermedad de Wilson.

  • Secuelas de poliomielitis o síndrome pospolio.

  • Daño cerebral adquirido.

  • Esquizofrenia y trastorno bipolar.

  • Esclerosis lateral amiotrófica (ELA).

  • Esclerosis múltiple.

  • Lesión medular traumática.

  • Otras enfermedades incluidas en el listado oficial vigente.

El catálogo de patologías puede actualizarse mediante norma reglamentaria, por lo que conviene consultar siempre la información oficial de la Seguridad Social.

¿Cómo se acredita la discapacidad?

El grado de discapacidad debe acreditarse mediante el certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma o por el IMSERSO, según corresponda.

Además, para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45 %, es necesario aportar la documentación médica que permita acreditar que la discapacidad deriva de alguna de las enfermedades incluidas en el listado oficial y durante qué período ha estado presente.

La Seguridad Social comprobará que se cumplen todos los requisitos antes de reconocer el derecho a la pensión.

Novedades en 2026 en materia de jubilación anticipada por enfermedad

La normativa mantiene en 2026 las dos modalidades de jubilación anticipada por discapacidad. 

Además, continúa aplicándose la reforma introducida por el Real Decreto 370/2023, que simplificó el acceso para las personas con una discapacidad igual o superior al 45 % al reducir algunos requisitos de acreditación y ampliar el listado de patologías que permiten acceder a esta modalidad.

Antes de iniciar el trámite conviene revisar la información disponible en la Seguridad Social para comprobar que se cumplen todas las condiciones exigidas.

Recapitulando, jubilarse por enfermedad

La jubilación por enfermedad permite adelantar la edad de jubilación en determinados supuestos de discapacidad reconocida. Para acceder es necesario cumplir los requisitos de edad y cotización establecidos por la Seguridad Social y acreditar el grado de discapacidad correspondiente.

Si la discapacidad es igual o superior al 45 %, deberá estar causada por alguna de las patologías recogidas en el listado oficial. En cambio, cuando alcanza o supera el 65 %, no será necesario acreditar una enfermedad concreta.

Conocer las condiciones de acceso y planificar la jubilación con suficiente antelación puede ayudarte a tomar decisiones con mayor tranquilidad y a preparar mejor esta nueva etapa.

Acerca de Mariel Delgado

Mariel Delgado

Redactora especializada en Economía, Sanidad y Consumo en Confidencial Digital. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y con el máster de El País, ha pasado por la sección de Nacional de este diario, además de por Bolsamanía y la revista Logística y Transporte.

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