Glosario
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Lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado.
Incremento de capitales asegurados o garantías contratadas respecto a lo previsto y acordado con anterioridad por parte del tomador y el asegurador.
Persona física sobre la que se estipula el seguro o que es titular de los bienes asegurados.
Persona jurídica que asume el pago de las prestaciones convenidas dentro de las condiciones pactadas si se produce el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.
Persona física con derecho a percibir la prestación, haya sido o no partícipe.
Persona/s física/s o jurídica/s con derecho a percibir la prestación o indemnización derivada de las coberturas que hayan sido contratadas.
Documento suscrito por el partícipe conjuntamente con el promotor del plan, la gestora y la depositaria, por el que se formaliza la contratación de un plan de pensiones.
Cantidad fijada en cada una de las coberturas de la póliza que se han contratado, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos en caso de siniestro.
Período de tiempo durante el cual todas o alguna de las coberturas de la póliza no tienen efectividad.
Supuesto en el que, previo acuerdo entre varias aseguradoras y el tomador, concurren dos o más entidades aseguradoras en la cobertura del mismo interés, riesgo y tiempo. Salvo pacto en contrario, cada asegurador está obligado al pago de la cobertura y prestación que asegura en proporción a su cuota respectiva.
Órgano formado por representantes del promotor, de los partícipes y, en su caso, de los beneficiarios, que se encarga de supervisar el funcionamiento y ejecución de un plan de pensiones.
Conjunto de cláusulas que recogen aquellos aspectos que se aplican en particular a una determinada modalidad de contratación sin afectar al resto. Las mismas pueden complementar, ampliar o derogar cláusulas previstas en las condiciones generales de la póliza.
Conjunto de cláusulas que recogen las condiciones básicas de la relación contractual aplicables a los contratos de la misma modalidad.
Conjunto de cláusulas que recogen los datos y pactos particulares de cada contrato.
Organismo de derecho público con personalidad jurídica propia. El mismo hace frente a las consecuencias económicas de los daños a las personas y a las cosas causados por los siniestros derivados de riesgos extraordinarios y otros riesgos obligatorios no cubiertos por otras entidades, que se determinan en su Estatuto Legal.
Documento que contiene las condiciones del seguro. Está compuesto, de forma inseparable, por las condiciones generales, las particulares y en su caso las especiales y/o los boletines de adhesión, así como por los suplementos que modifiquen o complementen a los anteriores.
Relación de preguntas fijadas por el asegurador y referentes a la salud del asegurado para valorar el riesgo.
Perjuicios que se deriven directamente de un daño personal o material cubierto por la póliza.
Destrucción o deterioro de bienes muebles o inmuebles.
Lesión corporal o muerte causada a personas físicas.
Entidades o expertos independientes de reconocido prestigio a cuya decisión se someterán las reclamaciones relativas a seguros que formulen los tomadores del seguro, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y derechohabientes contra la entidad aseguradora de la póliza.
Entidades o expertos independientes de reconocido prestigio a cuya decisión se someterán las reclamaciones relativas a planes de pensiones individuales que formulen los partícipes y beneficiarios o sus derechohabientes contra las entidades promotoras gestoras o sus depositarias.
Descuento aplicado en la prima de las operaciones de seguro.
Dependencia de la vivienda destinada al desarrollo de una profesión liberal e independiente por parte del asegurado o de alguna de las personas que convivan con él.
Órgano directivo y de control de la actividad de seguros y fondos de pensiones, dependiente del Ministerio de Economía.
Copia de la póliza o de otro documento, emitida por el asegurador en caso de extravío o destrucción del original, y que tiene el mismo valor que éste.
Período de validez de la póliza.
Momento a partir del cual las coberturas de la póliza empiezan a tener vigencia, en las condiciones establecidas en el contrato.
Persona jurídica que asume el pago de las prestaciones convenidas dentro de las condiciones pactadas si se produce el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.
Es aquella sociedad anónima que, previa autorización administrativa, tiene como objeto social y actividad exclusivos la administración de fondos de pensiones. Las entidades aseguradoras pueden ser entidades gestoras sin necesidad de que el objeto social y la actividad sean exclusivos.
Persona jurídica que insta y participa en la constitución de un fondo de pensiones.
Cualquier empresa, sociedad, entidad, corporación, asociación o sindicato que promueva la creación o participe en el desarrollo del plan de pensiones.
Devolución o reembolso, total o parcial, de la prima percibida por el asegurador.
Aquella fecha en que el contrato quedará extinguido por haber transcurrido el plazo convenido en el mismo.
Patrimonio sin personalidad jurídica creado al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones.
Coberturas adicionales respecto al seguro de vida principal que el asegurador ofrece al tomador o al asegurado.
Grado de invalidez que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite de la asistencia de otra persona para realizar los actos más elementales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
Persona física o jurídica que sucede al fallecido en los bienes, obligaciones, derechos y acciones, ya sea en todo o en parte.
Compensación económica del seguro que tiene como finalidad resarcir al asegurado por unos daños sufridos cubiertos por la póliza.
Situación física de una persona de carácter irreversible, cuyo origen no sea imputable a su voluntad, y que impida por completo y de forma permanente a la misma desarrollar cualquier relación laboral o actividad profesional.
Situación física de una persona de carácter irreversible, que se origina a consecuencia de un accidente, que impida por completo a la misma desarrollar cualquier relación laboral o actividad profesional.
Traslado de los derechos consolidados o económicos de un plan de pensiones o de previsión a otro plan de pensiones o de previsión.
Es el elemento que se encuentra expuesto al riesgo cubierto por la póliza.
Todas aquellas prestaciones y deberes que corresponde cumplir al asegurado respecto a un determinado contrato de seguro.
Todas aquellas prestaciones y deberes que corresponde cumplir al asegurador respecto a un determinado contrato de seguro.
Todas aquellas prestaciones y deberes que corresponde cumplir al tomador respecto a un determinado contrato de seguro.
Persona física en cuyo interés se crea el plan de pensiones, con independencia de que realice o no aportaciones.
Adquisición de validez jurídica del contrato mediante el consentimiento de las partes.
Período de tiempo que media entre la fecha de inicio y la fecha de finalización de la cobertura.
Momento en que se percibe el capital asegurado o durante el cual se cobra la prestación.
Espacio de tiempo que media entre la constitución del contrato y el inicio del período de devengo.
Es un seguro de ahorro y previsión con coberturas y prestaciones, límites de aportaciones y tratamiento fiscal análogos a los de los planes de pensiones, cuyo régimen se establece en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Contrato por el que se otorga, a las personas a cuyo favor se constituye, un derecho a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, incapacidad permanente y fallecimiento, así como una obligación de contribuir a él.
Planes cuyo promotor es cualquier asociación o sindicato y cuyos partícipes son sus asociados, miembros o afiliados.
Planes cuyo promotor es cualquier empresa, sociedad, corporación o entidad y cuyos partícipes son los empleados de éstas.
Planes individuales o asociados en los que una entidad financiera ofrece a los partícipes una garantía individualizada, referida a la obtención de un determinado valor del derecho constituido en una fecha determinada.
Planes cuyo promotor es una entidad de carácter financiero con personas físicas como partícipes.
Derecho económico de los beneficiarios del plan de pensiones como resultado del acaecimiento de una contingencia cubierta por el plan.
Capital o renta objeto de pago por parte del asegurador al beneficiario, en las condiciones previstas en el contrato.
Precio del seguro.
Documento que contiene las condiciones del seguro. Está compuesto, de forma inseparable, por las condiciones generales, las particulares y, en su caso, las especiales y/o los boletines de adhesión, así como por los suplementos que modifiquen o complementen a los anteriores.
Modificación del contrato por la que el tomador queda liberado del pago de primas –o deja de pagarlas– con la consiguiente disminución en la cuantía de las prestaciones aseguradas.
Pacto por el que, mediante el pago de una prima, si el asegurado de una renta fallece durante el período de devengo de la misma, otra persona, previamente establecida en el contrato, tiene derecho a cobrar la renta de forma total o parcial –condicionada a su supervivencia–, y en los términos y condiciones establecidos en la póliza.
Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Modalidad de seguro que calcula la indemnización según lo que cuesta adquirir de nuevo los bienes dañados, sin aplicar ningún descuento por antigüedad y/o desgaste.
Modalidad de seguro por la que queda cubierto, en un mismo contrato, un grupo de personas con alguna característica común y que no se ha creado con el propósito de su aseguramiento.
Modalidad de seguro en que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites legales y contractuales, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.
Documento en que se plasma una modificación de la póliza. Este documento pasa a formar parte de la propia póliza.
Informe estadístico utilizado por los aseguradores para el cálculo de la probabilidad de fallecimiento o supervivencia de una persona a una determinada edad.
Persona física o jurídica que, junto con el asegurador, suscribe el contrato.
Modalidad de seguro de vida en la que el tomador asume el riesgo de la inversión.
Es la fecha en que el contrato queda extinguido por haber transcurrido el plazo convenido en el mismo.
Territorio geográfico en el que tienen vigencia las garantías del seguro y que se describe en la póliza.