Planes de pensiones y prevision
Prestación por jubilación
Para el cobro de la prestación, debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
Jubilación por la Seguridad Social u otros organismos
Resolución donde conste la fecha de efectos económicos de la prestación.
Sin acceso a la jubilación
Para el cobro de la prestación, debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
- Informe de vida laboral (lo emite el INSS)
- Fotocopia DNI
Prestación por invalidez
Para el cobro de la prestación debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
- Resolución de la invalidez
Prestación por defunción
Para el cobro de la prestación, debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
- Certificado de defunción
- Testamento y últimas voluntades
- Designación expresa de beneficiarios
- Documentación relativa a beneficiarios
Enfermedad grave
Para el cobro de la prestación, debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
- Certificado médico del INSS o entidad concertada.
- Certificado oficial de no permitir prestación por incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.
- Escrito del partícipe donde conste que la enfermedad le supone una disminución de sus rentas por aumento de gastos o reducción de ingresos.
- En el caso de que se solicite por enfermedad grave del cónyuge, descendientes o ascendientes, documento oficial que acredite parentesco.
Desempleo de larga duración
Para el cobro de la prestación, debe remitirse a la oficina la documentación siguiente:
Última relación laboral cuenta ajena
- Informe de Vida Laboral (acreditando la ausencia de empleo durante los últimos 12 meses).
- Certificado de "demanda en alta" en el INEM.
- Certificado conforme no percibe prestación de desempleo a nivel contributivo, documento expedido por INEM.
- Carta firmada por el titular del plan de pensiones donde reconoce encontrarse en situación de desempleo y expresa su deseo de cobrar el plan de pensiones.
- Documento que acredite que el partícipe se encuentra en situación legal de desempleo conforme al art. 208 de la LGSS, situación que deberá ser acreditada según el supuesto del cese de la última relación laboral del titular del plan.
Última relación laboral cuenta propia
- Certificado actualizado del Instituto Nacional de Empleo u organismo público competente, como demandante de empleo durante un período mínimo de 12 meses.
- Carta firmada por el titular del Plan de Pensiones donde reconoce encontrarse en situación de desempleo y expresa su deseo de cobrar el Plan de Pensiones.
- Informe de Vida Laboral actualizado.
Asimismo, en el caso de que la cotización hubiera sido en una mutualidad, se deberá aportar:
- Certificado de alta y baja en la mutualidad correspondiente.
- Certificado acreditativo de la mutualidad conforme no está aportando en la misma.
Planes de previsión individual
- Informe de Vida Laboral.
- Certificado de "demanda en alta" en el INEM u organismo público sustitutorio.
- Carta firmada por el socio donde reconoce encontrarse en situación de desempleo y expresa su deseo de rescatar la EPSV.
- En el caso de trabajadores por cuenta propia, el Socio deberá aportar la correspondiente baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen de Seguridad Social o Institución análoga correspondiente.