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Solicitud de pensión de viudedad: documentos y formulario paso a paso

Persona sola en un columpio al atardecer reflexionando sobre la pensión de viudedad.

Solicitud de pensión de viudedad: documentos y formulario paso a paso

13/06/2023 16/09/2026 6 min

La pensión de viudedad es una prestación económica que concede la Seguridad Social a las personas que mantenían un vínculo matrimonial o eran pareja de hecho de una persona fallecida.

  1. Requisitos para solicitar la pensión de viudedad
  2. Cómo solicitar la pensión de viudedad
  3. Documentación necesaria para solicitar la pensión de viudedad
  4. Cobro y duración de la pensión de viudedad
  5. ¿Cuándo puede extinguirse la pensión de viudedad?
  6. Recapitulando: la pensión de viudedad

Para solicitar esta prestación económica, que puede ser vital para personas en situación de vulnerabilidad, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece varias opciones y detalla los documentos que se deben presentar.

En este sentido, el reconocimiento de la pensión de viudedad está condicionado al cumplimiento de una serie de requisitos y a la acreditación del vínculo con la persona fallecida mediante la documentación correspondiente.

A continuación se explica qué requisitos deben cumplirse, cómo se solicita la pensión de viudedad, qué documentación es necesaria y cuándo comienza a percibirse.

Requisitos para solicitar la pensión de viudedad

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones explica que pueden acceder a la pensión de viudedad los cónyuges o parejas de hecho de una persona fallecida. Por ello, se puede solicitar esta prestación cuando el fallecimiento se haya producido como consecuencia de:

  • Un accidente no laboral.
  • Un accidente de trabajo.
  • Una enfermedad profesional.
  • Una enfermedad común, siempre que la persona fallecida cumpliera los requisitos de cotización exigidos. Concretamente, deberán darse alguna de estas circunstancias:
    • La persona fallecida estaba dada de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social y había cotizado al menos 500 días dentro de los 5 años anteriores a su fallecimiento o al momento en que cesó su obligación de cotizar.
    • La persona fallecida no estaba dada de alta ni en una situación asimilada al alta, pero había cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de su vida laboral.

Si la causa de fallecimiento es un accidente de trabajo, la gestión de la prestación corresponde, con carácter general, a la mutua colaboradora que cubría las contingencias profesionales.

Se puede solicitar la pensión de viudedad si tu familiar falleció por accidente, enfermedad profesional o enfermedad común cumpliendo los años de cotización exigidos.

Además, se puede recibir la pensión de viudedad. incluso en alguna de estas situaciones con respecto a la persona fallecida:

  • Divorcio.
  • Separación.
  • Nulidad matrimonial.
  • Extinción de la pareja de hecho.

Cómo solicitar la pensión de viudedad

La Seguridad Social establece que el plazo para solicitar la pensión de viudedad comienza justo después del fallecimiento. Hay que tener en cuenta que si la solicitud se presenta más de tres meses después de fallecer el cónyuge, solo cubrirá los tres últimos meses anteriores a realizarla.

La pensión puede solicitarse de forma presencial o por internet. En ambos casos, corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social resolver si procede su reconocimiento.

Solicitud presencial

La web de la Seguridad Social ofrece la opción “Solicitud de viudedad, orfandad y favor de familiares”. Ahí puedes descargar el formulario para solicitar la pensión de viudedad.

Este documento puede descargarse desde la página web de la Seguridad Social, cumplimentarse previamente y presentarse en una Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También es posible recogerlo y rellenarlo directamente en la oficina.

Solicitud por internet

Quienes dispongan de certificado electrónico o Cl@ve pueden realizar la solicitud en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado de prestaciones por muerte y supervivencia.

Asimismo, existe la posibilidad de realizar el trámite sin certificado digital ni Cl@ve Permanente. En este caso, la identificación se lleva a cabo mediante una fotografía tipo selfie en la que se muestra el documento de identidad junto al rostro.

Documentación necesaria para solicitar la pensión de viudedad

Para solicitar a la Seguridad Social el cobro de la pensión de viudedad no basta con presentar el formulario relleno con los datos. Se requieren también otros documentos, según las circunstancias personales y familiares.

DNI, pasaporte o NIE

Los ciudadanos españoles deben presentar el DNI. Los extranjeros residentes o no residentes en España han de aportar el pasaporte o, en su caso, el documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero).

  • Acreditación de representación legal o emancipación del solicitante menor de edad.
  • Certificación del Acta de Defunción del fallecido.

En el caso de existir matrimonio, será necesario aportar alguno de estos documentos:

  • Libro de familia.
  • Certificación del Registro Civil.
  • Documento extranjero equivalente, debidamente legalizado o traducido cuando proceda, que acredite el matrimonio y el estado civil actual.

En caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial, habrá que presentar:

  • La resolución judicial correspondiente.
  • La documentación que acredite que no se ha contraído un nuevo matrimonio ni constituido una nueva pareja de hecho, cuando sea exigible.
  • La documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.

En caso de pareja de hecho, será necesario aportar:

  • Certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho correspondiente.
  • Certificaciones del Registro Civil que acrediten que ninguna de las dos personas estaba casada ni separada legalmente de otra.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la convivencia durante, al menos, los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
  • La documentación acreditativa de los ingresos exigida por la Seguridad Social cuando resulte necesaria.

Cobro y duración de la pensión de viudedad

La fecha de inicio del cobro depende de la situación en la que se encontrara la persona fallecida:

  • Si era pensionista en el momento del fallecimiento, los pagos empiezan a contar desde el primer día del mes siguiente al fallecimiento.
  • Si no era pensionista, los pagos empiezan a contar desde el día posterior al fallecimiento.

La pensión de viudedad tiene carácter vitalicio siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar a su reconocimiento. Por ello, cualquier cambio que pueda afectar al derecho a percibirla debe comunicarse a la Seguridad Social.

¿Cuándo puede extinguirse la pensión de viudedad?

La pensión puede dejar de percibirse en determinadas circunstancias, entre ellas:

  • Unión con otra persona en un nuevo matrimonio o pareja de hecho (salvo excepciones).
  • Declaración en sentencia de culpabilidad en la muerte del causante.
  • Fallecimiento del pensionista.
  • Conocimiento de que el familiar desaparecido realmente no falleció.

Recapitulando: la pensión de viudedad

La pensión de viudedad puede solicitarse en cualquier momento tras el fallecimiento de la persona que genera el derecho a la prestación, aunque es recomendable iniciar el trámite lo antes posible, ya que los efectos económicos solo se retrotraen un máximo de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Antes de presentar la solicitud conviene reunir toda la documentación necesaria, ya que esta varía en función de la situación familiar y personal de cada caso. Aportar los documentos desde el inicio puede evitar requerimientos posteriores y agilizar la resolución del expediente.

Una vez reconocida, la pensión tiene carácter vitalicio con carácter general, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos por la normativa. Asimismo, cualquier cambio que pueda afectar al derecho a percibirla deberá comunicarse a la Seguridad Social.

Acerca de Aurelio Ruiz Enebral

Aurelio Ruiz Enebral

Periodista por la Universidad Complutense de Madrid, inició su trayectoria profesional en el diario económico Expansión y desde 2013 forma parte de la redacción de Confidencial Digital.

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